Ayudas para fomentar el empleo autónomo en las Islas Baleares
El plazo de solicitud está abierto hasta el 5 de octubre.
La Consejería de Trabajo, Comercio e Industria del Gobierno las Islas Baleares concede ayudas destinadas a promocionar el empleo autónomo con el fin de facilitar la constitución de desempleados en trabajadoras y trabajadores autónomos, a mantener la actividad por cuenta propia y a consolidar el proyecto de autoempleo, mediante los siguientes programas:
· Programa 1: ayudas económicas al inicio de la actividad, destinadas a promocionar la constitución de personas desempleadas inscritas en demanda de empleo como trabajadoras o trabajadores autónomos. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las personas desempleadas e inscritas en la oficina correspondiente del servicio público de empleo con carácter previo al inicio de la actividad.
b) Las personas jóvenes de 16 a 29 años inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
c) No haber estado de alta como autónomo durante el año anterior a la fecha de inicio de la actividad, en el mismo o similar epígrafe del impuesto de actividades empresariales para el que se solicita la ayuda.
d) Darse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional.
La ayuda será de 4.000 € si es un hombre y de 5.000 € si es una mujer.
· Programa 2: ayudas destinadas a mantener la actividad por cuenta propia. La cuantía de la subvención será el coste salarial y de Seguridad Social derivado de la contratación que se haya efectuado, con el límite máximo de 1.000 € al mes si el contrato se ha suscrito a tiempo completo (si es a tiempo parcial el límite se reduce proporcionalmente a la jornada contratada). Podrán solicitar estas ayudas:
a) Trabajadoras y trabajadores autónomos que disfruten del permiso de maternidad en exclusiva o cedido al otro progenitor.
b) Trabajadores autónomos que disfruten del permiso de paternidad de cuatro semanas y los períodos ampliables que le correspondan en cada caso.
c) Trabajadoras autónomas embarazadas y en situación de suspensión por riesgo durante el embarazo.
d) Trabajadoras autónomas en situación de suspensión por riesgo durante la lactancia.
· Programa 3: ayudas para la consolidación y el crecimiento del proyecto de autoempleo. El reenfoque del negocio por una trabajadora o trabajador autónomo se subvenciona con una ayuda base de 4.000 € si es un hombre y de 5.000 € si es una mujer. Podrán solicitar estas ayudas las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Haberse mantenido de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social que corresponda o mutualidad del colegio profesional correspondiente, desde un año antes a la fecha de publicación de esta convocatoria.
b) No haber sido beneficiario de las ayudas de promoción del empleo autónomo convocados por la Consejería competente en materia de Trabajo.
c) Disponer de un plan de empresa, dirigido al reenfoque del negocio, que cuente con la valoración técnica positiva de los servicios del Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares.
Los solicitantes deberán estar domiciliados, tanto la persona solicitante como su centro de trabajo, en las Islas Baleares y llevar a cabo la actividad empresarial en dicha comunidad autónoma, además de estar al corriente de las obligaciones tributarias. El plazo de solicitud de las ayudas está abierto hasta el 5 de octubre, y se realiza en www.caib.es.
Toda la información sobre estas ayudas está disponible en www.caib.es.